Los sujetos obligados contarán en la página de inicio de sus portales de Internet con una señalización fácilmente identificable y accesible que cumpla con los requerimientos de sistematización, comprensión y organización de la información a que se refiere este capítulo.
El Instituto establecerá criterios que permitan homologar la presentación de la información en los portales de Internet en los que se establecerá plazos, términos, así como los formatos que habrán de utilizarse para la publicidad de la información; asimismo; promoverá la creación de medios electrónicos para incorporar, localizar y facilitar el acceso a la información pública de oficio.
– Aviso de privacidad de prestadores de servicios profesionales
– Aviso de privacidad de padrón de simpatizantes y adherentes del PVEM CDMX
– Aviso de privacidad de proveedores del PVEM CDMX
– Aviso de privacidad de expedientes relativos a quejas ante la comisión de honor y justicia
– Aviso de privacidad de registro de representantes generales y de casillas del PVEM CDMX