Bienestar AnimalPrensaSEGUIRÁ ESTANDO PROHIBIDO EJERCER ACTOS DE MALTRATO A LOS ANIMALES EN LA CELEBRACIÓN DE RITOS Y USOS TRADICIONALES: SESMA SUÁREZ

10 marzo, 2023

Ciudad de México a 10 de marzo de 2023

Bol 25/23

 

SEGUIRÁ ESTANDO PROHIBIDO EJERCER ACTOS DE MALTRATO A LOS ANIMALES EN LA CELEBRACIÓN DE RITOS Y USOS TRADICIONALES: SESMA SUÁREZ

El presidente de la Comisión de Bienestar Animal del Congreso de la Ciudad de México, Jesús Sesma Suárez, busca establecer claramente en la Ley de Protección a los Animales que estará prohibido ejercer actos de maltrato o crueldad o causar lesiones o sufrimiento a los animales utilizados en la celebración de ritos y usos tradicionales; y que para dar muerte a animales por creencias religiosas se estará a lo dispuesto en las normas oficiales mexicanas.

Sesma Suárez destacó que, en este tema, ha surgido un choque cultural y de ponderación de derechos. Por un lado, están los defensores de animales quienes abanderan toda causa que garantice el bienestar y trato digno de los animales, y por el otro lado, personas que utilizan animales por una creencia espiritual, religiosa o cultural.

Sin embargo, señaló que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SJCN), en el amparo en revisión 163/2018 elaborado por el ministro Arturo Zaldívar, ha expresado claramente que “cualquier práctica que suponga el maltrato y el sufrimiento innecesario de los animales, no puede considerarse una expresión cultural amparada ni prima facie ni de manera definitiva por la Constitución”.

Incluso, aclaró el diputado local Jesús Sesma Suárez, ha establecido contundentemente que cuando se alegue una violación al derecho a la cultura, este derecho no será considerado absoluto, por estar “el respeto mutuo que nos debemos los seres humanos y […] el que todos le debemos a la naturaleza”, por encima de éste.

Por lo anterior, el legislador capitalino explicó que su iniciativa pretende establecer claramente en la Ley que estará prohibido ejercer actos de maltrato o crueldad o causar lesiones o sufrimiento a los animales utilizados en la celebración de ritos y usos tradicionales; y que para dar muerte a animales por creencias religiosas se estará a lo dispuesto en las normas oficiales mexicanas.

“Esto es necesario porque, aunque hay que respetar todas las creencias religiosas (de conformidad con lo establecido en el artículo 24 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos), también hay que respetar a los animales. En este sentido, el sacrificio de un animal por creencias religiosas debe realizarse en instalaciones adecuadas, nunca en patios o domicilios particulares y, lo más importante, sin dolor ni sufrimiento para el animal”, finalizó.

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