LegalPrensaPROMUEVE DIP. JAVIER RAMOS RECONOCER EN EL CÓDIGO CIVIL A LA RESPONSABILIDAD PARENTAL

25 febrero, 2024

Ciudad de México a 25 de febrero de 2024

BOL 38/24

 

PROMUEVE DIP. JAVIER RAMOS RECONOCER EN EL CÓDIGO CIVIL A LA RESPONSABILIDAD PARENTAL

El coordinador de la Alianza Verde en el Congreso capitalino, diputado Javier Ramos Franco, busca reconocer en el Código Civil a la responsabilidad parental como la evolución de la figura jurídica de patria potestad, entendiéndose como la responsabilidad compartida y solidaria del padre y la madre de asegurarse que niños, niñas y adolescentes puedan lograr el máximo nivel de satisfacción de sus derechos.

“Buscamos establecer la figura de responsabilidad parental y eliminar la de patria potestad, ya que la primera somete a los menores a las decisiones de sus padres y la segunda, sin embargo, se entiende como la función que tienen los padres para orientar y acompañar a sus hijos; de esta manera garantizamos el bienestar de todas y todos nuestros niños”, explicó el también integrante de la Comisión de Administración y Procuración de Justicia, legislador Ramos Franco.

El congresista capitalino aseguró que, si la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman y derogan diversas disposiciones del Código Civil para el Distrito Federal, se aprobara, ésta abonaría con más desarrollo y armonía a la sociedad, particularmente en lo que se refiere a la formación de la niñez.

El documento de la propuesta de ley establece que la responsabilidad parental es el conjunto de deberes y derechos que corresponden a los progenitores sobre la persona y bienes del hijo o la hija, para su protección, desarrollo y formación integral mientras sea menor de edad y no se haya emancipado. 

Asimismo, señala que la responsabilidad parental se regirá por los siguientes principios: el interés superior de la niñez; la autonomía progresiva del hijo o la hija conforme a sus características psicofísicas, aptitudes y desarrollo, por lo que, a mayor autonomía, disminuye la representación de los progenitores en el ejercicio de los derechos de los hijos y las hijas. Otro principio más en el que se regirá es: el derecho del niño y la niña a ser oídos y que su opinión sea tomada en cuenta según su edad y grado de madurez.

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